El día 15 de julio, la asamblea local de Izquierda Unida Astillero presento una Moción para devolver parte de la paga extra de navidad del 2012 a los trabajadores del Consistorio. Esta Moción de debatirá en el próximo Pleno que se celebrará el próximo 24 de Julio a las 18:30, adjuntamos Moción y Convocatoria del Pleno.

Fernando Solar Galindo, Concejal de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Astillero, declara: El Alcalde de Camargo del PP ya ha remitido una carta a la Subdirección General de Administraciones Públicas de Madrid para consultar si puede devolver parte de la paga extra. Declaró que “de recibir el visto bueno, lo hará”. Suponemos que esto es una política del PP de Cantabria y que el Alcalde de Astillero, Carlos Cortina del PP, se adhiera a esta propuesta de su partido o la pague directamente aprobando la moción de IU, ya que existen varias sentencias judiciales ordenando devolver parte de la paga extra de navidad del 2012 al personal del Sector Público. Nos podríamos remitir al fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Palencia, el Juzgado de lo Social de Mataró o el de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Desde nuestra Asamblea de IU de Astillero compartimos y estamos de acuerdo con todas las Sentencias Judiciales de los Juzgados que han ordenado devolver parte de la paga extra de a los trabajadores, ya que el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su Artículo 2 regula, por lo que el caso atañe, acerca de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del Sector Público, teniendo en cuenta que la misma entró en vigor el 15 de julio de 2012, y ya que en virtud de la jurisprudencia del Tribunal Supremo el devengo de las pagas extraordinarias en todos los Ayuntamientos es de carácter anual, la medida que se tiene que aplicar a los trabajadores es de forma retroactiva desde el 1 de enero, es decir, se les tiene que devolver el 53,6%  del total de la citada paga eliminada.

Con todo esto, solo le queremos pedir, que tomando como referencia los fallos que ponen de manifiesto la postura de los Jueces, es aplicar el recorte sobre la retribución de la paga extra a partir de la entrada en vigor del Real Decreto y no antes, lo que implica el abono a todos los trabajadores de este Ayuntamiento la retribución proporcional de la paga extraordinaria de diciembre de 2012, devengada entre el 1 de Enero de 2012 y el 14 de Julio de 2012, con los efectos administrativos y económicos que procedan. Los cargos públicos quedarían excluidos.